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Servicio de ambulancia

Apr 30, 2020

Para facilitar el acceso de los trabajadores y sus beneficiarios inscritos al servicio de ambulancia, a continuación encontrarás el procedimiento a seguir de acuerdo con la característica de la atención médica.

Atenciones hospitalarias

En este caso, es la institución hospitalaria correspondiente, sea directa de Ecopetrol o contratada, la que debe coordinar y asegurar la prestación del servicio de ambulancia al beneficiario de la Empresa, ya sea para su traslado a otra institución hospitalaria, de cuidado intermedio, de diagnóstico o a su casa. Lo anterior previa prescripción clínica del médico tratante.

Atenciones ambulatorias

Cuando el beneficiario de Ecopetrol no se encuentra en una institución hospitalaria o similar, puede hacer uso del servicio de ambulancia en los siguientes casos, según se requiera:

Para traslados "programados", en días y horas hábiles

El paciente debe comunicarse con el médico general asignado al beneficiario (de planta o adscrito) o con la dependencia local de los servicios de salud de Ecopetrol. Allí verificarán la pertinencia del requerimiento y expedirán la orden respectiva para que el servicio sea prestado por las instituciones contratadas por la empresa en la localidad.

Situaciones de verdadera urgencia a cualquier hora del día

1. El paciente o su familiar puede solicitar directamente el servicio de ambulancia a un proveedor adscrito o a uno no adscrito. Se recomienda utilizar la red de Ecopetrol para facilitar los posibles trámites posteriores.

2. Si el paciente o familiar solicitaron directamente el servicio deben pagarlo a la entidad respectiva y luego proceder a solicitar el correspondiente reembolso. En este caso, el paciente o familiar solicitará al médico general asignado la expedición de una orden del servicio de ambulancia, la cual será emitida si se ratifica la pertinencia del requerimiento del servicio. Además, el profesional brindará la orientación sobre el trámite a seguir para hacer efectivo el reembolso.

3. Si el servicio no estaba indicado, es decir, según concepto del médico no tenía pertinencia para su solicitud, el profesional se abstendrá de emitir la orden e igualmente aclarará al paciente que el costo del servicio prestado será asumido directamente por él o por su familia.

Otras formas de acceder al servicios de ambulancia

En los servicios de prestación directa (Barrancabermeja, Orito, Centro y Tibú) el requerimiento de ambulancia debe ser solicitado a la dependencia respectiva.

Recuerda que también puedes utilizar los servicios de ambulancias de:

1. Los centros asistenciales de la red pública local

2. Los centros reguladores de atención de urgencias en las diferentes ciudades, donde están establecidos. 

3. Red activa de prestadores del servicio de AMBULANCIAS.

 

DIRECTORIO CENTRO REGULADOR DE URGENCIAS Y EMERGENCIAS NACIONAL
CRUE INDICATIVO TELÉFONOS
AMAZONAS 98 5927248 EXT 114-115 FAX: 5925092
ANTIOQUA (MEDELLÍN) 94 3600166-3600167
ARAUCA 97 8857931 FAX: 8856107 LÍNEA GRATUITA DEPARTAMENTAL: 125
ATLÁNTICO 95 3308100-3309000 EXT 4004-5131
BARRANQUILLA 95 3720011-3793333-3399510/12
BOGOTÁ 91 CONMUTADOR 3649090 EXT RADIOPERADORES: 9538/9409/9719/9751 MÉDICO REGULADOR: 9718/9906/9720 DIRECT: 3649538 NIVEL 1: 123
BOLÍVAR (CARTAGENA) 95 6726024
BOYACÁ 98 7407464-7433635-018000918770-3114834104
BUCARAMANGA 97 6421585-6520924-6336233
CALI-VALLE 92 6206820-3182711199-3182711207-3185202046
CALDAS 96 8857603-8857599
CASANARE 98 6345555
CAUCA 92 FAX 8205366
CÚCUTA (NORTE DE SANTANDER) 97 3504946847 correo: crue@ids.gov.co
GUANIA 98 5656323
GUAJIRA 95 7286120-7286175-3015046557-3213945330
HUILA 98 8702277-8706633-8701981
SANTA MARTA 95 4212728
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